Condiciones Generales

Diseño y confección de vestido de novia y o accesorios personalzados

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Condiciones generales para la creación de tu vestido

Vestidos personalizado

  1. ANTECEDENTES. Paz Bastian es una marca de diseños exclusivos y personalizados, especializada en confecciones de vestidos y accesorios para novias. La empresa, se compromete al desarrollo de la prenda de vestir solicitada por el cliente, antes individualizado. El cliente declara conocer y aceptar Términos y Condiciones, Política de Privacidad y el Acuerdo de Nivel de Servicio publicados en el sitio web de la compañía en https://www.pazbastian.cl/, información que se considera parte integral del presente contrato.

 

  1. DETALLE DEL SERVICIO. El Prestador de Servicios entrega una completa asesoría al cliente en la materia de interés. El prestador se obliga a diseñar y fabricar el o los artículos propuestos y aprobados por el cliente, especificados en el Anexo N. 1 del presente contrato en el cual se expresan las condiciones comerciales y la ficha técnica de confección. Cualquier modificación al diseño descrito y definido en el Anexo N.1 implica un cambio en la fecha en la entrega y en el valor del servicio pactado. El Diseño se realiza según boceto y materiales elegidos por el cliente y que se encuentran identificados en el Anexo N. 1 de este documento.

 

  1. PROCESO DE CONFECCIÓN. El prestador de servicios realizará la confección según detalle descrito en Anexo N.1. El plazo comprometido para el proceso de confección, comienza siempre con la firma del presente contrato y el pago del abono inicial definido en el Anexo N. 1, ambos hitos copulativos. El proceso de confección exige la asistencia del cliente a las pruebas técnicas definidas en las fechas indicadas en el Anexo N.1. La inasistencia a las pruebas técnicas suspende el proceso de confección y congelan el plazo, desplazando la fecha de entrega en los días correspondientes hasta que se concrete la cita y se reagendará el resto de las visitas técnicas en caso de corresponder.

 

  1. ACTUALIZACIONES Y AUMENTOS DE SERVICIO. El diseño, materiales y proceso de confección se aprueba y acepta con la firma del presente contrato y el anexo que lo acompaña. Los cambios solicitados por el cliente luego de la suscripción del presente documento darán lugar a un nuevo presupuesto, con condiciones., valor y plazo asociado a las nuevas características, no siendo vinculante al presente contrato ni a sus condiciones comerciales particulares. Los ajustes particulares en talla, no se consideran cambios de diseño, sino ajustes propios de la naturaleza del diseño y confección, siendo restringido a ajustes y no a cambios de diseño, materialidad técnica de manufactura acordada.

 

 

 

 

  1. RESTRICCIONES. La propiedad intelectual del diseño aplicado es de PAZ BASTIAN. Toda mención, fotografía publicitaria o exhibición con fin comercial requiere autorización escrita de PAZ BASTIAN. La reproducción, copia o diseño inverso o modificación está prohibido, pudiendo aplicar la legislación vigente relativa a la propiedad artística y/o intelectual.

 

  1. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE. Es responsabilidad del Cliente haber comprobado que el diseño, la ficha técnica y el presente contrato satisfacen los requerimientos que motivaron la elección del Prestador de Servicios que suscribe como el ejecutor de su necesidad. El Cliente es único y exclusivo responsable por todos los cargos, precios e impuestos que se devenguen, como asimismo de todos los gastos asociados al despacho. Es de conocimiento del Cliente, que para lograr un pleno éxito en el uso de los servicios, es necesario que el Cliente cuente con la disposición económica y de tiempo para cumplir las obligaciones mencionadas para en el presente contrato. Si el cliente abandona la producción del proceso, el taller guardará su proyecto por hasta 2 meses desde la fecha de la firma del presente contrato, quedando a su disposición el producto en las condiciones en que se encontró hasta su último abono efectivo. El Cliente sólo podrá retomar el proceso de confección durante este plazo.

 

VII PRECIOS Y FORMA DE PAGO. El valor del Servicio es el que se consigna en el Anexo N°1 del presente contrato. El Cliente acepta que no existirá devolución de dinero de los servicios pagados. La falta de recepción de la(s) factura(s) no será causal suficiente para no efectuar el pago total y oportuno de Los Servicios Contratados. El servicio será dividido en hasta las cuotas que indica el Anexo N.1. Ante la mora en el pago de una o más de las cuotas pactadas, el prestador de servicios podrá suspender el proceso de confección hasta regularizar los montos adeudados. El prestador de servicio notificará por correo electrónico de la morosidad al cliente. El Cliente otorga autorización a PAZ BASTIAN para publicar la información de su morosidad o deuda en las bases de datos públicas pertinentes, boletín comercial de la cámara de comercio, DICOM, SINACOFI, SIISA o cualquier otra institución que los reemplace. Los días de mora desde el vencimiento de la factura hasta su pago, generarán interés facturables en el cargo del abono siguiente. Se aplicará La Tasa de Interés Máxima Convencional (TMC) normada en el artículo 6, 6 bis y 6 Ter de la Ley N° 18.010.

 

 

  1. VIGENCIA Y TERMINACIÓN. El contrato tiene vigencia hasta la fecha de entrega comprometida y definida en el Anexo N. 1. Retractación: Sólo en caso de contratación electrónica, existe posibilidad de retractación la que sólo podrá hacerse efectiva en el plazo de 10 días corridos a contar de la suscripción electrónica de este contrato. PAZ BASTIAN podrá rescindir el contrato de forma unilateral si el cliente presenta dos o más retrasos en los pagos de abonos comprometidos y pactados en el Anexo N.1. Ante el término de contrato por mutuo acuerdo de las partes.

 

  1. OTROS. Toda otra condición particular con este cliente se expondrá en un Anexo N. 1 a este contrato en caso de ser requerida. La Ley aplicable, la validez, construcción e interpretación de este Contrato y los derechos y deberes de las partes en este, se someterán a las leyes de la República de Chile. Las partes otorgan competencia y someten la solución de sus conflictos a los tribunales de justicia de la ciudad y comuna de Santiago de Chile